Art. 2

En vigor desde 29 dic 2011
Los certificados de profesionalidad que se establecen corresponden a la familia profesional Marítimo pesquera y son los que a continuación se relacionan, cuyas especificaciones se describen en los anexos que se indican: Familia profesional: MARÍTIMO PESQUERA – Anexo I. Operaciones de coordinación en cubierta y parque de pesca – Nivel 2. – Anexo II. Pesca local – Nivel 2. – Anexo III. Documentación pesquera – Nivel 3. – Anexo IV. Observación de la actividad y control de las capturas de un buque pesquero – Nivel 3.
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eli/es/rd/2011/12/02/1774#art-2

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