Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 4.ª Documentos electrónicos y preservación digital.
Art. 22
En vigor desde 1 ene 2012
Las decisiones organizativas y medidas técnicas previstas en este capítulo no supondrán para la documentación transferida al Archivo Intermedio de la Administración General del Estado por los distintos Ministerios y Organismos, obligaciones adicionales a las previstas en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, en los Esquemas Nacionales de Seguridad e Interoperabilidad y demás normativa de desarrollo.
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Proeli/es/rd/2011/11/18/1708#art-22