Art. Nota inicial

En vigor desde 24 oct 2025
Norma derogada, con efectos de 24 de octubre de 2025, por la disposición derogatoria única del Real Decreto 942/2025, de 21 de octubre, sin perjuicio de lo establecido en su disposición transitoria 9. Ref. BOE-A-2025-21298#dd Téngase en cuenta que la disposición transitoria 9 del citado Real Decreto mantiene la vigencia temporal, en la forma y con los efectos que se indican en la misma, de los siguientes preceptos: el artículo 20 y las obligaciones relativas a la vigilancia y a los estudios de evaluación del funcionamiento previstas en los correspondientes anexos, los apartados 5 y 6 del artículo 18, los artículos 9,10, 11 y 12 y la notificación de certificados previstas en los correspondientes anexos y los arts. 25 y 27. Ref. BOE-A-2025-21298#dt-9 Incluye la corrección de errores publicada en BOE núm. 306, de 22 de diciembre de 2000. Ref. BOE-A-2000-23507 .

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2000/09/29/1662#nota-inicial-no

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil