Capítulo CAPÍTULO II
Art. 3
En vigor desde 2 may 2025
1. En el marco de la política económica del Gobierno, ICEX tiene como fin fomentar la prosperidad de la economía española a través de la internacionalización mediante: la mejora de la competitividad de la empresa española y de sus ecosistemas en los mercados internacionales, con especial atención a la pequeña y mediana empresa; la promoción de la imagen España, sus sectores productivos y empresas en el exterior; la atracción, la promoción y el acompañamiento de las inversiones extranjeras en España, y la formación en estas materias, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos de la administración.
2. Se prestará especial atención a la colaboración con otros organismos y entidades públicos y privados, nacionales, extranjeros o multilaterales que compartan con ICEX la finalidad de apoyar la internacionalización de la economía española en cualquiera de los ámbitos anteriormente mencionados.
Se modifica por el art. único.4 del Real Decreto 350/2025, de 30 de abril. Ref. BOE-A-2025-8646 Se modifica por el art. único.3 del Real Decreto 608/2013, de 2 de agosto. Ref. BOE-A-2013-9353 .
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2011/11/14/1636#art-3