Capítulo CAPÍTULO II

Art. 7

En vigor desde 21 nov 2009
1. Este profesional ejerce su actividad en empresas tanto públicas como privadas, por cuenta ajena o por cuenta propia, dedicadas al cultivo y/o a la producción ganadera ecológica. Se ubica dentro del sector agropecuario en las siguientes actividades productivas: explotaciones frutícolas; hortícolas y de cultivos herbáceos ecológicos; explotaciones pecuarias ecológicas; empresas de producción de plantas para jardinería ecológica; instituciones de investigación y experimentación en cultivos y en producción ganadera ecológica; empresas de servicio a la agricultura y a la ganadería ecológica; viveros y huertas escolares; empresas de certificación de productos ecológicos; granjas escuelas y aulas de naturaleza. 2. Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes: a) Trabajador cualificado por cuenta ajena en cultivos y ganadería ecológica. b) Trabajador cualificado por cuenta propia en cultivos y ganadería ecológica. c) Agricultor ecológico. d) Criador de ganado ecológico. e) Avicultor ecológico. f) Apicultor ecológico. g) Productor de leche ecológica. h) Productor de huevos ecológicos. i) Viverista ecológico. j) Operador de maquinaria agrícola y ganadera.
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eli/es/rd/2009/10/30/1633#art-7

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