Capítulo CAPÍTULO III
Art. 11
En vigor desde 7 ene 2012
Durante la emisión de las telepromociones deberá superponerse, permanentemente y de forma claramente legible, una transparencia con la indicación «publicidad».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2011/11/14/1624#art-11