Art. Disposición final tercera

En vigor desde 16 mar 2014
Se autoriza al Ministro del Interior para dictar las normas que sean necesarias para la ejecución y desarrollo de lo dispuesto en este real decreto.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2014/03/14/162#disposicion-final-tercera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil