Art. 2

En vigor desde 1 jul 2013
A los efectos de la presente norma se entenderá por: a) "W": Fuerza panadera. b) "P": Tenacidad. c) "L": Extensibilidad. d) "IGC": Índice General de Calidad. e) "Pr": Contenido de proteínas. f) "IG": Índice de gluten. g) "IC": Índice de amarillo. h) "Pe": Peso específico. Se modifica por el art. único.1 del Real Decreto 190/2013, de 15 de marzo. Ref. BOE-A-2013-3630 . Redactada la letra f) conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 168, de 14 de julio de 2011. Ref. BOE-A-2011-12109 .

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Pro

eli/es/rd/2010/12/07/1615#art-2

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