Capítulo CAPÍTULO II

Art. 7

En vigor desde 6 ene 2013
1. Las personas que obtienen este título ejercen su actividad tanto en el área de producción ganadera, sea convencional o ecológica, en grandes, medianas y pequeñas empresas, públicas o privadas, como en empresas relacionadas con la cría, el adiestramiento, la monta y la exhibición de ganado equino, por cuenta propia o ajena, siguiendo, en su caso, instrucciones del responsable de la producción o bajo la supervisión, en ciertos casos, de un facultativo veterinario, y pudiendo tener a su cargo personal de nivel inferior. Asimismo, desarrolla su actividad por cuenta ajena en instituciones u organismos públicos o privados que realizan actividades de gestión y control sanitario de animales, entre otros, en: Equipos veterinarios, explotaciones ganaderas, núcleos zoológicos, asociaciones de productores, agrupaciones de defensa sanitaria, empresas del sector agroalimentario, empresas de servicio a la ganadería y centros de investigación, dependiendo de un superior responsable. 2. Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes: – Encargado de explotación ganadera, en general. – Responsable de la producción en cooperativas, en sociedades agrarias de transformación u otras asociaciones de ganaderos. – Responsable de la producción en explotaciones o empresas ganaderas. – Responsable en empresas de servicios relacionados con la producción ganadera. – Responsable de inseminación artificial en explotaciones ganaderas o en centros de recogida de semen. – Encargado de máquinas y equipos ganaderos. – Responsable/gestor de ganaderías equinas. – Asesor y supervisor para la planificación, montaje y funcionamiento de empresas y entidades asociadas a eventos, espectáculos, demostraciones ecuestres, actividades recreativas, deportivas y terapéuticas (hipoterapia). – Responsable del manejo y de los cuidados del ganado y de las instalaciones en centros de adiestramiento, doma y entrenamiento de ganado equino. – Responsable del manejo y de los cuidados del ganado y de las instalaciones en escuelas y clubes de equitación. – Responsable del manejo, de los cuidados y de la administración de terapias en centros de pupilaje, descanso y recuperación de ganado equino. – Integrante en comisiones de valoración, selección y compra de ganado equino. – Responsable de empresas de servicio relacionadas con el sector equino. – Ayudante de veterinaria en facultades y centros de investigación animal. – Visitador de productos de veterinaria. – Ayudante de veterinaria en equipos veterinarios especializados en animales de granja y producción. – Ayudante de veterinaria en explotaciones ganaderas. – Ayudante de veterinaria en agrupaciones de defensa sanitaria. – Ayudante de veterinaria en asociaciones de productores. – Ayudante de veterinaria en empresas del sector agroalimentario y empresas de servicios a la ganadería.
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eli/es/rd/2012/11/23/1585#art-7

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