Art. 4

En vigor desde 11 oct 1997
La actitud de respeto al himno nacional de los asistentes a los actos en los que sea interpretado se expresará, en el caso del personal uniformado de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Seguridad, efectuando el saludo reglamentario.
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eli/es/rd/1997/10/10/1560#art-4

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