Art. Disposición transitoria segunda
En vigor desde 11 sept 1984
El artículo 29 de la Reglamentación Técnico-Sanitaria no será exigible hasta las fechas de entrada en vigor que fijan las disposiciones transitorias del Real Decreto 2058/1982, de 12 de agosto, por el que se aprueba la norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimentados envasados.
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Proeli/es/rd/1984/08/01/1521#disposicion-transitoria-segunda