Art. Disposición final primera

En vigor desde 9 dic 2007
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
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eli/es/rd/2007/11/16/1518#disposicion-final-primera

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