Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final tercera
En vigor desde 31 oct 2012
En lo no previsto en el capítulo III de este real decreto en relación con el procedimiento de liquidación será de aplicación lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2012/10/29/1484#disposicion-final-tercera