Art. Disposición adicional única
En vigor desde 15 ene 2002
Quedan suprimidas las siguientes Subdirecciones Generales:
1. Subdirección General de Productos Agrícolas
2. Subdirección General de Productos Ganaderos
3. Subdirección General de Control Interno
4. Subdirección General de Coordinación y Relaciones con el FEOGA
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Proeli/es/rd/2001/12/21/1441#disposicion-adicional-unica