Art. Novena

En vigor desde 18 nov 2011
Las operaciones, con independencia de su modo de tramitación, que no tengan señalados derechos en el arancel no devengarán derecho de cobro ninguno. Se modifica por el .2 del Real Decreto 1612/2011, de 14 de noviembre. Ref. BOE-A-2011-17962 .

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eli/es/rd/1989/11/17/1427#novena

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