Art. Artículo único

En vigor desde 15 dic 2006
En virtud de la autorización prevista en la disposición adicional primera de la Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias Estatales para la mejora de los servicios públicos, el presente real decreto tiene por objeto la creación de la Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios, a cuyo fin, se aprueba el Estatuto de dicha Agencia, cuyo texto se inserta a continuación.
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eli/es/rd/2006/12/01/1418#articulo-unico

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