Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
En vigor desde 19 sept 2009
1. El presente real decreto tiene por objeto regular la elaboración, comercialización, uso y control de los piensos medicamentosos, además de los requisitos de policía sanitaria.
2. Lo dispuesto en este real decreto no será de aplicación a los aditivos utilizados en la alimentación animal autorizados conforme al Reglamento (CE) n.º 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo de 22 de septiembre de 2003 sobre los aditivos en la alimentación animal.
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Proeli/es/rd/2009/09/04/1409#art-1