Art. 1
En vigor desde 10 mar 2015
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley del Notariado y en los artículos 4, 72, 74, 76 y 77 del Reglamento Notarial, se revisa la demarcación notarial, quedando aprobadas la demarcación y clasificación notarial en los términos que se establecen en el presente real decreto y en el anexo que se inserta a continuación.
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Proeli/es/rd/2015/03/06/140#art-1