Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Organización general

Art. 25

En vigor desde 4 mar 2001
Corresponde al Secretario: 1. Levantar acta de las sesiones de los diferentes órganos colegiales y llevar y custodiar el libro de actas. 2. Ejecutar los acuerdos del Consejo y la Comisión Permanente. 3. Librar certificaciones. 4. Custodiar el archivo de documentos del Colegio y llevar el Registro General, Censo de Colegiados y Libro de Distinciones del Colegio. 5. Firmar las actuaciones, comunicaciones, notificaciones, correspondencia de trámite y demás documentos administrativos. 6. Dar cuenta al Presidente, Consejo y Comisión Permanente de los asuntos propios de sus respectivas competencias. 7. Redactar la memoria anual del Colegio. 8. Ejercer la autoridad directa sobre el personal administrativo y subalterno que preste servicio en el Consejo.
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eli/es/rd/2001/02/16/140#art-25

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