Art. Disposición derogatoria única
En vigor desde 2 nov 2011
1. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este real decreto, y en particular el artículo 5 del Real Decreto 928/1989, de 21 de julio, por el que se constituye el Organismo de cuenca Confederación Hidrográfica del Guadiana.
2. Las menciones que se hagan en el texto referido en el apartado anterior al Consejo del Agua de la cuenca se deberán entender sustituidas por la expresión «Consejo del Agua de la demarcación».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2011/10/14/1389#disposicion-derogatoria-unica