Art. Disposición derogatoria única

En vigor desde 30 ago 2009
Queda derogado el capítulo II, del Consejo Nacional del Agua, del Reglamento de la Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica, aprobado por Real Decreto 927/1988, de 29 de julio, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este real decreto.
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eli/es/rd/2009/08/28/1383#disposicion-derogatoria-unica

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