Título TÍTULO IX›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª Órganos y funciones
Art. 92
En vigor desde 1 jul 2021
El Consejo General de la Abogacía Española adoptará cuantas medidas sean necesarias para el cumplimiento de los deberes impuestos en este Estatuto y en el resto del ordenamiento jurídico y, en especial, incorporará para ello las tecnologías precisas que garanticen la interoperabilidad entre los distintos sistemas.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2021/03/02/135#art-92