Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Órganos generales
Art. 10
En vigor desde 13 abr 2018
1. La Junta de Gobierno es el órgano de administración y dirección del Colegio que ejerce las competencias de éste no reservadas a la Asamblea General conforme al artículo anterior ni asignadas específicamente por los Estatutos particulares a otros órganos colegiales, así como las que se le atribuyen expresamente en estos Estatutos Generales.
2. Bajo la presidencia del Decano, estará integrada por los cargos nominativos y vocales que los Estatutos particulares determinen.
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Proeli/es/rd/2018/03/16/129#art-10