Art. 13

En vigor desde 13 oct 2018
1. La Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y para Iberoamérica y el Caribe es el órgano superior directamente responsable, bajo la dirección del titular del Departamento, de la formulación, dirección, ejecución, seguimiento y evaluación de la política exterior para Iberoamérica, de la de cooperación internacional para el desarrollo, y de la coordinación de la acción cultural exterior. 2. La Secretaría de Estado ejerce respecto de las unidades de ella dependientes las atribuciones recogidas en el artículo 62 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y, en particular, de acuerdo con la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, le compete: a) La propuesta, dirección, coordinación y ejecución de la política de cooperación para el desarrollo. b) La administración de los recursos de cooperación gestionados por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. c) El aseguramiento de la participación española en las organizaciones internacionales de ayuda al desarrollo y la definición de la posición de España en la formulación de la política de desarrollo de la Unión Europea. d) La evaluación de la política de cooperación para el desarrollo y de las operaciones financiadas con fondos públicos, y la rendición de cuentas de las actividades y resultados de la cooperación española a las Cortes Generales y a la sociedad española. e) La preparación y coordinación de las Cumbres Iberoamericanas y la planificación e impulso de las actividades de la Comunidad Iberoamericana de Naciones; la colaboración y apoyo a las funciones de la Secretaría General Iberoamericana; y el fomento y la coordinación de la presencia de España en la Organización de Estados Americanos (OEA) y en los distintos organismos y entidades multilaterales de ámbito iberoamericano, sin perjuicio de las competencias de otros Departamentos. 3. De la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y para Iberoamérica y el Caribe dependen los siguientes órganos directivos: a) La Dirección General de Políticas de Desarrollo Sostenible. b) La Dirección General para Iberoamérica y el Caribe. 4. Como órgano de apoyo político y técnico del titular de la Secretaría de Estado existe un Gabinete, con nivel orgánico de subdirección general, y con la estructura que se establece en el artículo 18.3 del Real Decreto 595/2018, de 22 de junio. 5. Están adscritos al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, a través de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y para Iberoamérica y el Caribe, la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo y el Instituto Cervantes. 6. Depende funcional y orgánicamente del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, a través de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y para Iberoamérica y el Caribe, la Academia de España en Roma.
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eli/es/rd/2018/10/11/1271#art-13

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