Capítulo CAPÍTULO I

Art. 2

En vigor desde 6 mar 2014
Además de los fines y objetivos establecidos con carácter general para las enseñanzas de Formación Profesional, las enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos profesionales básicos, según el artículo 40.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, contribuirán, además, a que el alumnado adquiera o complete las competencias del aprendizaje permanente.
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eli/es/rd/2014/02/28/127#art-2

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