Capítulo CAPÍTULO V
Art. 24
En vigor desde 1 sept 2011
La autoridad a que se refiere el artículo 22 de este real decreto informará a la Comisión de sus procedimientos de evaluación y notificación de organismos de evaluación de la conformidad y de supervisión de los organismos notificados, así como de cualquier cambio en la información transmitida.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2011/08/26/1205#art-24