Art. Disposición final primera

En vigor desde 17 jul 2008
El artículo 5 del Real Decreto 438/2008, de 14 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, queda redactado como sigue: «Artículo 5. Ministerio del Interior. 1. El Ministerio del Interior se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos: a) La Secretaría de Estado de Seguridad, de la que dependen los siguientes órganos directivos: 1.º La Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, cuyo titular tendrá rango de Subsecretario. 2.º La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, con rango de Subsecretaría, que ejercerá las funciones que correspondían a la suprimida Dirección General de Instituciones Penitenciarias y de la que depende: a. La Dirección General de Gestión de Recursos, que asumirá la ejecución de las funciones de la Secretaría General en relación con los medios necesarios para el desarrollo de la política penitenciaria. b. La Dirección General de Coordinación Territorial y Medio Abierto, que asumirá la ejecución de las funciones de la Secretaría General excepto las que quedan atribuidas a la Dirección General de Gestión de Recursos. 3.º La Dirección General de Infraestructuras y Material de la Seguridad. 4.º La Dirección General de Relaciones Internacionales y Extranjería. b) La Subsecretaría del Interior, de la que dependen los siguientes órganos directivos: 1.º La Secretaría General Técnica. 2.º La Dirección General de Política Interior. 3.º La Dirección General de Tráfico. 4.º La Dirección General de Protección Civil y Emergencias. 5.º La Dirección General de Apoyo a Víctimas del Terrorismo. 6.º La Dirección General de Personal y Servicios. c) Depende directamente del Ministro la Dirección General de Relaciones Informativas y Sociales. 2. Queda suprimida la Dirección General de Instituciones Penitenciarias.»
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