Art. 1
En vigor desde 7 feb 2002
Este Real Decreto tiene por objeto regular la prestación de los servicios de asistencia en tierra en los aeropuertos de interés general.
Se modifica por el art. único.1.1 del Real Decreto 99/2002, de 25 de enero. Ref. BOE-A-2002-2327
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1999/07/02/1161#art-1