Capítulo CAPÍTULO VII
Art. 48
En vigor desde 28 ene 2022
1. El cambio de titular de la autorización de comercialización o del registro del medicamento está sometido a autorización por parte de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.
2. Las modificaciones de la autorización de comercialización o del registro del medicamento que sean consecuencia del cambio de titular se regirán por el procedimiento establecido para las modificaciones.
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Proeli/es/rd/2021/12/28/1157#art-48