Título TÍTULO XIVCapítulo CAPÍTULO V

Art. 255

En vigor desde 20 may 2025
Las personas extranjeras que incumplan los deberes, obligaciones y cargas impuestos por el ordenamiento jurídico general serán sancionadas con arreglo a la legislación específicamente aplicable en cada caso.
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eli/es/rd/2024/11/19/1155#art-255

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