Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 16
En vigor desde 5 mar 2017
1. La correspondencia de las unidades de competencia con los módulos profesionales que forman las enseñanzas del título de Técnico superior en gestión del agua, para su convalidación o exención, queda determinada en el Anexo V A) de este real decreto.
2. La correspondencia de los módulos profesionales que forman las enseñanzas del título de Técnico superior en gestión del agua con las unidades de competencia, para su acreditación, queda determinada en el Anexo V B) de este real decreto.
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Proeli/es/rd/2017/02/17/113#art-16