Art. Disposición transitoria única

En vigor desde 1 ene 2021
En el supuesto de que el día 1 de enero de 2021 no entrara en vigor el Plan Estadístico Nacional 2021-2024, se considerará automáticamente prorrogada la vigencia del Plan Estadístico Nacional 2017-2020, que deberá adaptarse a las dotaciones presupuestarias de los correspondientes ejercicios presupuestarios.
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