Libro LIBRO I›Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
En vigor desde 26 abr 2002
1. El presente Reglamento tiene por objeto el desarrollo y ejecución del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2000, de 16 de junio.
2. Los contratos que celebren las Administraciones públicas con personas naturales o jurídicas se ajustarán a los preceptos contenidos en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en el presente Reglamento y en sus disposiciones complementarias, sin perjuicio de lo establecido en la disposición final primera de la Ley y de este Reglamento.
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Proeli/es/rd/2001/10/12/1098#art-1