Título TÍTULO V

Art. 11

En vigor desde 30 mar 2013
11.1 Características generales.—Los distintos tipos de cereales en copos o expandidos deberán cumplir las siguientes condiciones generales: 11.1.1 (Derogado) 11.1.2 (Derogado) 11.1.3 Humedad. 11.1.3.1 Humedad máxima: No excederá del 12 por 100. 11.1.4 (Derogado) 11.1.5 (Derogado) 11.2 (Derogado) Se derogan los apartados 1.1, 1.2, 1.5 y 2 por el art. 40 del Real Decreto 176/2013, de 8 de marzo. Ref. BOE-A-2013-3402 . Se derogada el apartado 1.4 por el art. único.q) del Real Decreto 135/2010, de 12 de febrero. Ref. BOE-A-2010-3032 .

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Pro

eli/es/rd/1987/06/26/1094#art-11

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