Art. Disposición final segunda
En vigor desde 31 dic 2017
Lo dispuesto en este real decreto se dicta al amparo de la habilitación legal contenida en la disposición adicional séptima de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres.
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Proeli/es/rd/2017/12/29/1076#disposicion-final-segunda