Capítulo CAPÍTULO I
Art. 2
En vigor desde 13 ago 2007
El presente real decreto se aplicará tanto a las ofertas públicas de adquisición obligatorias, a las que hacen referencia los artículos 3, 7, 10 y 12 como a las ofertas voluntarias a que se refiere el artículo 13.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2007/07/27/1066#art-2