Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 17 dic 2025
Las personas que obtuvieran una autorización de residencia por razones de arraigo socioformativo podrán participar en programas de formación en alternancia, concretamente, a través de contratos de formación en alternancia.
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eli/es/rd/2025/11/26/1065#disposicion-adicional-tercera

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