Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Pagos directos asociados a los agricultores§ Subsección 8.ª Pago específico al cultivo del algodón

Art. 77

En vigor desde 1 ene 2023
1. El pago será de 1.241,555 euros por hectárea de algodón para las campañas 2023 a 2027, para una superficie básica nacional de 48.000 hectáreas. 2. El Ministerio de Agricultura, Pesca, y Alimentación, una vez recibidos de las comunidades autónomas los datos correspondientes, de acuerdo con lo establecido en artículo 124, calculará la eventual superación de la superficie básica y, en su caso, comunicará a las comunidades autónomas los importes ajustados del pago y de la ayuda adicional. Los importes así calculados se publicarán anualmente en la página web del Fondo Español de Garantía Agraria O.A.
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eli/es/rd/2022/12/27/1048#art-77

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