Art. Disposición final tercera

En vigor desde 26 ago 2018
El artículo 2 del Real Decreto 595/2018, de 22 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, queda modificado en los siguientes términos: «1. El Ministerio de Justicia se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos: A) La Secretaría de Estado de Justicia, de la que dependen los siguientes órganos directivos: 1.º La Secretaría General de la Administración de Justicia, con rango de Subsecretaría, de la que dependen la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y la Dirección General de Modernización de la Justicia, Desarrollo Tecnológico y Recuperación y Gestión de Activos. 2.º La Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional, Relaciones con las Confesiones y Derechos Humanos. B) La Subsecretaría de Justicia, de la que dependen los siguientes órganos directivos: 1.º La Secretaría General Técnica. 2.º La Dirección General de los Registros y del Notariado. 3.º La Dirección General para la Memoria Histórica. C) La Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado, con rango de Subsecretaría. 2. Quedan suprimidas la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos y la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones.»
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