Capítulo CAPÍTULO III
Art. 5
En vigor desde 24 dic 2017
1. El currículo básico de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1, y Avanzado C2 es el que se incluye en el anexo I.
2. Las Administraciones educativas establecerán los currículos respectivos, de los que deberá formar parte, en todo caso, el currículo básico fijado en este real decreto.
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Proeli/es/rd/2017/12/22/1041#art-5