Capítulo CAPÍTULO IX›Secc. Sección 1.ª «Boletín Oficial del Estado». Derechos económicos. Anuncios
Art. 40
En vigor desde 9 dic 2025
La publicación de anuncios en el «Boletín Oficial del Estado» estará exenta del pago de la tasa en los supuestos previstos en la Ley 25/1998, de 13 de julio, y en todo caso, lo estarán:
a) Los anuncios referidos a actuaciones de los procedimientos criminales seguidos ante la jurisdicción ordinaria o ante la militar.
b) Los anuncios referidos a actuaciones de los demás procedimientos judiciales en los asuntos en que se litigue con el beneficio de asistencia jurídica gratuita.
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Proeli/es/rd/2025/11/12/1027#art-40