Capítulo Normas estatutarias de la mutualidad general judicialSecc. Sección 2.ª Régimen económico

Art. 122

En vigor desde 22 may 2026
(Derogado) Se deroga por la disposición derogatoria única.2 del Real Decreto 397/2026, de 20 de mayo. Ref. BOE-A-2026-10882#dd

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eli/es/rd/2011/07/15/1026#art-122

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