Art. Preambulo
En vigor desde 31 may 1984
La disposición final segunda de la Ley 85/1978, de 28 de diciembre, autoriza al Gobierno a dictar, en desarrollo de la misma, las disposiciones necesarias para adecuar a los principios generales de dicha Ley las normas de vida de las unidades militares.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Defensa, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de mayo de 1984, dispongo:
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Proeli/es/rd/1984/05/23/1024#preambulo-preambulo