Libro TRATADO PRIMERO›Título TITULO III
Art. 95
DerogadoEn vigor desde 31 may 1984
Usará la capacidad ofensiva y marinera de su buque para conseguir la máxima eficacia y seguridad en el cumplimiento de su misión. Mantendrá la vigilancia visual, acústica y electrónica y el control de emisiones que aconseje la situación táctica.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1984/05/23/1024#art-95