Art. Artículo único

En vigor desde 10 oct 2002
Se aprueban los Estatutos Generales del Consejo General de Colegios de Fisioterapeutas, cuyo texto figura como anexo al presente Real Decreto.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2002/09/27/1001#articulo-unico

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil