Libro ANEXO IICapítulo CAPÍTULO VIISecc. Sección III. Medidas para la protección contras las inundaciones y las sequías

Art. 27

En vigor desde 20 ene 2016
Para la gestión de inundaciones, sin perjuicio de las disposiciones reglamentarias de carácter general que estén en vigor, se tendrán en cuenta los criterios establecidos en el Plan de Gestión del Riesgo de Inundación de la demarcación hidrográfica de Ceuta para el periodo 2015-2021.
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eli/es/rd/2016/01/08/1#art-27-7

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