Art. Artículo único

En vigor desde 12 mar 2010
Se aprueba el Documento Técnico que desarrolla las Condiciones Básicas de Accesibilidad y no Discriminación para el Acceso y la Utilización de los Espacios Públicos Urbanizados cuyo texto se incluye como anexo.
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eli/es/o/2010/02/01/viv561#articulo-unico

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