Art. Segundo
En vigor desde 2 dic 2020
El plazo para formalizar los préstamos avalados y subvencionados por el Estado es hasta el 30 de junio de 2021.
Este plazo podrá ser prorrogado hasta el 30 de septiembre de 2021 mediante orden ministerial previa propuesta de la comisión de seguimiento prevista en el convenio entre el MITMA y el ICO.
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Proeli/es/o/2020/11/30/tma1134#segundo