Art. Disposición adicional única

En vigor desde 11 ago 2009
El Servicio Público de Empleo Estatal dotará a los órganos contemplados en el Reglamento de los medios personales y materiales necesarios para el desarrollo de sus funciones, incluidos los recursos presupuestarios correspondientes.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2009/07/31/tin2189#disposicion-adicional-unica

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil