Art. 3

En vigor desde 7 mar 2021
No podrán ser librados créditos presupuestarios a los servicios y organismos de este Ministerio, para adquisición o renovación de vehículos y maquinaria, sin que figure acreditado en el expediente el informe favorable de la Junta Administradora de Vehículos y Maquinaria.
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eli/es/o/2021/02/10/ted195#art-3

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